Recientemente, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) en su resolución del 26 de febrero de 2026 ha declarado la nulidad de la marca ‘La Mafia se sienta a la mesa’ por ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. Esta decisión sigue la línea del Tribunal General de la UE (asunto T-1/17), que ya había anulado la marca mencionada en 2018 por las mismas razones.
Esto no es ajeno: el 25 de noviembre de 2024, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) rechazó el registro de la marca “Maricón Perdido”. Turner Broadcasting System Europe Limited solicitó el registro para productos audiovisuales y servicios de entretenimiento, alegando que la palabra había sido reapropiada. La Sala de la EUIPO confirmó que el término seguía siendo ofensivo para el público general y ratificó la denegación del registro, por ser contrario a la moral y al orden público.
Por el contrario, en Estados Unidos, en el caso de Matal v. Tam de 2017, el United States Supreme Court permitió el registro de un término ofensivo al considerar que su prohibición vulneraba la libertad de expresión, de forma que dejó sin efectos los artículos del Lanham Act que contienen la prohibición de registrar marcas comerciales ofensivas.
En este sentido, a finales de 2025, el Institute of Brand and Innovation Law (UCL) de la University College London publicó un informe donde se examinan los problemas jurídicos que plantea la reapropiación de términos ofensivos (slurs), como ejemplo “maricón” o “queer”.
La reapropiación consiste en que una palabra que históricamente ha sido considerada ofensiva para un determinado colectivo deja de considerarse como tal porque el propio colectivo empieza a usar el término con un significado distinto, ya sea como signo de identidad o de reivindicación. Este proceso no es automático, sino que es una evolución gradual; depende del contexto, de quien la utiliza, de a quién va dirigido; de hecho, dentro del mismo colectivo puede haber desacuerdos.
